Consulta, audiencia, e información públicas a la ciudadanía en el procedimiento de elaboración de ordenanzas y reglamentos municipales

Consulta previa de normativa

De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de aprobación de normas y con carácter previo a la elaboración de éstas, se sustanciará una consulta pública a través del portal web de la Administración competente, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de: 

  • Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
  • La necesidad y oportunidad de su aprobación. 
  • Los objetivos de la norma.
  • Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

* En estos momentos no existen consultas previas activas.