Trámites y procedimientos Impuestos sobre vehículos de tracción mecánica (I.V.T.M.)

Tramites que se pueden solicitar vía Online a traves de la Oficina Virtual del Ayuntamiento

Relacion de tramites y procedimientos relativos al Impuestos sobre Vehículos de Tracción Mecánica que se puede solicitar a traves de la Ventanilla Virtual del Ayuntamiento

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Para acceder a sus datos personales, realizar trámites, efectuar el seguimiento de sus expedientes, enviar-recibir comunicaciones (desde / hacia) las unidades administrativas o cursar preguntas sobre los asuntos o contenidos catalogados deberá identificarse deberá acceder mediante Certificado Digital o D.N.I.e (Documento Nacional de Identidad Electrónico).

Como usuario "Sin identificar" solo podrá acceder la la información general de cada unos de los trámites y procedimientos.

Trámites disponibles I.V.T.M.:

  • Alta, Baja Temporal o Definitiva, Rematriculación y Transferencias en el Impuesto de Vehículos Tracción Mecánica:
    1. Autoliquidación para el alta de un vehículo en el Registro Municipal por nueva matriculación del mismo
    2. Las altas por transferencias, rematriculación y bajas las hace la propia unidad tramitadora previo aviso de la Jefatura Provincial de Tráfico
  • Renuncia/Desistimiento Solicitud en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica: El desistimiento o Renuncia supone una Declaración de Voluntad expresa por parte del Ciudadano, abandonando un proceso iniciado promovido por él mismo. Con el desistimiento se produce la conclusión del proceso, mediante una resolución por parte de la Administración, sin entrar en el fondo del asunto. En los casos de Solicitudes relacionados con el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica, podrá desistir o renunciar en los siguientes supuestos:
  1. En los Expedientes iniciados en caso de Alta en el Impuesto
  2. En los Expedientes de interposición de un Recurso de Reposición
  3. En los Expedientes de interposicion del Recurso Extraordinario de Revisión
  4. En los Expedientes de solicitud de devolución de ingresos
  5. En los Expedientes de prorrateo de la cuota del impuesto
  • Solicitud de Bonificación en caso de Vehículos Antiguos o Históricos en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica:  Solicitud para obtener una bonificación sobre la cuota del impuesto, incrementada o no por la aplicación del coeficiente, en su caso, para los vehículos que tengan una antigüedad mínima de veinticinco años o hayan sido calificados de históricos contados a partir de la fecha de su fabricación o, si ésta no se conociera, se tomará como tal la de su primera matriculación o, en su defecto, la fecha en que el correspondiente tipo o variante se dejó de fabricar.

  • Solicitud de Bonificación Vehículos Históricos o Vehículos de más de 25 años en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica:  Obtener la bonificación en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica motivada por ser un vehículo histórico
  • Solicitud de Devolución de Ingresos Indebidos en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica: Trámite para presentar a la Administración municipal Devolución de Ingresos Indebidos en Impuesto de Vehículos de Tracción a Motor
  • Solicitud de Exención Ambulancia o Vehículo de Asistencia Sanitaria en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica: Obtener la exención en el impuesto, de ambulancias y demás vehículos directamente destinados a la asistencia sanitaria o al traslado de heridos o enfermos
  • Solicitud de Exención Discapacidad en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica: Obtener la exención en el impuesto, de los vehículos para personas con movilidad reducida, así como los vehículos matriculados a nombre de minusválidos para uso exclusivo, ya sea por primera vez, o una vez concedida aquella y estar pendiente de revisión
  • Los titulares de los vehículos a los que le fue concedida la exención por minusvalía cuyo dictamen técnico facultativo no era definitivo tienen que volver a solicitar la exención una vez revisada su discapacidad y sigan cumpliendo con los requisitos por los que se concede la exención (33% o más de discapacidad)
  • Solicitud de Exención Vehículo Adscrito al Servicio de Transporte Público Urbano, con Capacidad Superior a Nueve Plazas, Incluida la del Conductor en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica: Obtener la exención en el impuesto, de los autobuses, microbuses y demás vehículos destinados o adscritos al servicio de transporte público urbano, siempre que tengan una capacidad que exceda de nueve plazas, incluida la del conductor
  • Solicitud de Exención Vehículo con Matrícula Diplomática en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica
  • Solicitud de Exención Vehículos Agrícolas en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica
  • Recurso de Reposición: IVTM (Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica): Son impugnables, mediante el presente recurso de reposición, todos los actos dictados por las entidades locales en vía de gestión de sus tributos propios y de sus restantes ingresos de derecho público. Lo anterior se entiende sin perjuicio de los supuestos en los que la ley prevé la posibilidad de formular reclamaciones económico-administrativas contra actos dictados en vía de gestión de los tributos locales; en tales casos, cuando los actos hayan sido dictados por una entidad local, el presente recurso de reposición será previo a la reclamación económico-administrativa
  • Recurso Extraordinario de Revisión: IVTM (Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica): Recurrir extraordinariamente los actos administrativos que pongan fin a la vía administrativa ante el mismo órgano administrativo que los dictó que también será el competente para su resolución, cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:
  1. Que al dictarlos se hubiera incurrido en error de hecho, que resulte de los propios documentos incorporados al expediente
  2. Que aparezcan documentos de valor esencial para la resolución del asunto que, aunque sean posteriores, evidencien el error de la resolución recurrida
  3. Que en la resolución hayan influido esencialmente documentos o testimonios declarados falsos por sentencia judicial firme, anterior o posterior a aquella resolución
  4. Que la resolución se hubiese dictado como consecuencia de prevaricación, cohecho, violencia, maquinación fraudulenta u otra conducta punible y se haya declarado así en virtud de sentencia judicial firme

RENTAS-IVTM: Solicitud alta Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica

Impreso de autoliquidación para el alta de vehículos

El pago realizado con este impreso corresponde al Impuesto de Vehículos de TracciónMecánica (IVTM) del año en curso. El importe de la cuota se abonará prorrateado por trimestres naturales. Su cumplimentación y posterior pago es requisito necesario para la matriculación del vehículo en la Jefatura Provincial de Tráfico.

Enlace al formulario de autoliquidación

Documentación a presentar

El impreso de autoliquidación deberá presentarse para su pago acompañado de:

  • Fotocopia de la FICHA TÉCNICA del vehículo
  • Fotocopia del DNI o NIE del titular (en el caso de personas físicas)
  • Fotocopia del CIF (si se trata de personas jurídicas)

Observaciones

- El firmante formula la autoliquidación a efectos del IVTM y en el caso de ALTA se da por notificado de que para ejercicios posteriores se integrará en el Padrón Anual del Impuesto.

- REGLAS PARA CUMPLIMENTAR EL IMPRESO:

  • Los vehículos denominados "TODO TERRENO" tributarán por potencia fiscal como turismo, salvo:
    • Cuando tengan la consideración de "VEHÍCULO MIXTO ADAPTABLE" y su carga útil, excluido el pasaje, dispensada a su vez por la diferencia entre el peso máximo autorizado y la tara o peso en vacío, sea superior a 525 kilos, tributará como camión
  • Las FURGONETAS tributarán como turismos de acuerdo con su potencia fiscal, salvo en los siguientes casos:
    • Si el vehículo está habilitado para el transporte de más de nueve personas, incluidoel conductor, ha de tributar como autobús
    • Si el vehículo está autorizado para transportar más de 525 kilos de carga útil, tributará como camión
  • Tributarán como tractores de acuerdo con la potencia fiscal las maquinarias autopropulsadas que puedan circular por vías públicas sin ser remolcadas o transportadas por otros vehículos de tracción mecánica
  • Los MOTOCARROS tienen la consideración de motocicletas y han de tributar en función de los centímetros cúbicos de su cilindrada
  • Los CUADRICICLOS LIGEROS, con independencia del tipo de propulsión, tributarán como ciclomotores
  • Si se considera con derecho a la exención en el Impuesto por: minusvalía, por tractor agrícola, o por vehículo histórico o con antigüedad superior a 25 años, el ingreso autoli- quidado no supone conformidad con la deuda, pudiendo solicitar el reintegro aportando la documentación pertinente

RENTAS-IVTM: Solicitud baja Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica

  • Impreso de autoliquidación para la baja de vehículos

El pago realizado con este impreso corresponde al Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica del año en curso. El importe de la cuota se abonará prorrateado por trimestres naturales. Su cumplimentación y posterior pago, es requisito necesario para realizar la baja del vehículo en la Jefatura Provincial de Tráfico.

Enlace al formulario de autoliquidación