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Ordenanza del Comercio Ambulante de Chiclana de la Frontera
Descargar PDF (156 KB)En la oficina de la Delegación de Mercado, las personas interesadas pueden solicitar autorización para poder ejercer la VENTA AMBULANTE en sus siguientes modalidades:
La documentación necesaria, que de forma general, se requiere para el ejercicio del comercio ambulante es la siguiente:
En el caso de que la persona solicitante autorice expresamente a la Delegación de Mercado a la consulta de datos y/o documentos para comprobar si está o no al corriente de pago de sus obligaciones tributarias, deberá firmar el correspondiente Modelo de Autorización Expresa (PDF).
Para acceder a la titularidad de un puesto en el Mercadillo “Los Martes” es necesaria la previa adjudicación de la misma mediante convocatoria pública, que se realizará anualmente en el mes de Noviembre, únicamente si existen puestos vacantes, tal y como se establece en el art. 14.4 de la Ordenanza del Comercio Ambulante de Chiclana de la Frontera (BOP nº 59 de 29 de marzo de 2017).
La utilización del puesto ambulante estará sujeta al cumplimiento de los requisitos exigidos en el Decreto Legislativo 2/2012 (BOJA nº 63 de 30 de marzo de 2012) por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Comercio Ambulante de Andalucía y por la Ordenanza Reguladora del Comercio Ambulante de este término municipal.
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Ordenanza del Comercio Ambulante de Chiclana de la Frontera
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